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INCOTERMS DETALLES A TENER EN CUENTA

Incoterms

En todo proceso de importación marítimo nos vamos a encontrar con los incoterms. Se trata de un conjunto de normas creados por la Cámara de Comercio Internacional. Con estos, se establecen una serie de normas a respetar en el proceso de importación.

Por medio de éstos, se establecen una serie de normas que han de respetar ambas partes, junto con pautas para la resolución de conflictos en caso de que los incoterms no sean respetados. Ambos proveedores deben de estar utilizando el mismo tipo de incoterms además de conocer los derechos y obligaciones a los que quedan sujetos.

A partir de este momento vamos a señalar una serie de errores comunes que se suelen cometer y que son fáciles de resolver.

realizar la compra en condiciones EXW

El problema de realizar importaciones en EXW radica que en caso de realizar nuestra importación por medio de este tipo de incoterms, las obligaciones del exportador serán mínimas. Para ser más exactos este solo está obligado a la correcta preparación de las mercancías para su posterior envío.

Por lo tanto, nos encontramos con que desde ese momento la responsabilidad recae de lleno sobre el comprador, incluyendo etapas tan esenciales como la exportación y todo lo que tenga que ver con posibles intermediarios. Problemas que se agravan si el importador no está acostumbrado al proceso de importación.

En la mayoría de los casos, los principales problemas van a ser dificultades logísticas, pues necesitaremos contratar todos los servicios hasta que el producto llegue a nuestro destino. En otras ocasiones el vendedor se va a implicar y hacerse él cargo del proceso pero como ya hemos señalado él no tiene obligación por lo que a la larga esta situación es perjudicial.

¿Qué ocurre si el vendedor se hace cargo pero no tiene responsabilidad? Pues se trata de un problema bastante común y como hemos dicho en este caso y puesto que el vendedor no estaba obligado más que a la preparación de la mercancía, en estos casos pueden aparecer los problemas legales.

usar cip o cif sin darse las condiciones necesarias

En este caso, el vendedor va a ser el obligado a el pago de un seguro para la mercancía. Hasta aquí puede parecer que no hay ningún problema, pero el caso es que si bien está obligado a la contratación de un seguro, solo será obligatorio hacerlo por la cobertura mínima, es decir el 110% del valor del contrato.

El problema estriba cuando esta cuantía resulta insuficiente para determinadas mercancías en base a la normas de compraventa internacional.

Por lo tanto, si las normas exigen una cobertura de seguro mayor estaremos obligados a dar cumplimiento de dicha cuantía con la contratación de un seguro que resulte adecuado.

uso inadecuado de términos FOb

Para empezar señalaremos que solamente deberíamos utilizar términos FOB en caso de tratarse de una carga no contenerizado. Aunque es bastante habitual que sea el incoterm elegido tanto si te trata de un contenedor como si no.

El caso de realizar nuestra importación desde China por medio de este incoterm nos vamos a encontrar con un problema principalmente. El cual aparece en el momento de carga, puesto que en este caso la obligación del vendedor alcanza hasta el momento en que la mercancía se encuentre a bordo del buque.

Pero puede darse el caso de que el vendedor deposite la carga a la compañía naviera, hasta el momento en la que la misma pueda ser cargada.

La mercancía aún no está cargada por lo que sería fácil dilucidar que la responsabilidad es del vendedor y que deberá hacerse cargo de la misma.

Entonces, ¿cuál es el problema? pues que en muchas ocasiones los proveedores argumentan que ellos ya han cumplido la parte que les correspondía.

Un inciso, queremos aportar algo importante dentro de un proceso de importación:

no aportar información de destino

Puede parecer una tontería pero son muchos los proveedores que no especifican el lugar en el cual la carga debe ser depositada. Por lo que en este caso el vendedor entregará la mercancía en cualquier punto de la localización general y probablemente no sea el más conveniente para nosotros lo que conlleva gastos de dinero y de tiempo.

Por lo tanto, y puesto que los incoterms lo permiten. Es imprescindible señalar la localización que deseamos que nuestra mercancía sea depositada de manera clara y específica para evitar problema posteriores.

Incoterm y medio de pago

En este caso se trata de la relación que existen en los incoterms y los medios de pago.

  • Incoterms del grupo C,  el vendedor es responsable tanto de la factura comercial como el Bill of Landing, del que hablaremos más detenidamente en las siguientes entradas. 
  • Incoterms del grupo F: el comprador es responsable del transporte. De esta manera va a poder actuar sobre la emisión del bill of landing, lo que podría reflejarse en problemas a la hora de recepción del pago al vendedor.

 

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