BILL OF LADING

El Conocimiento de Embarque (Bill of Lading) se utiliza en el transporte marítimo de mercancías y cumple con las siguientes características:

  • Como recibo de las mercancías embarcadas en el buque y el estado en el que se encuentran las mismas.
  • Prueba la existencia de un contrato de transporte.
  • La propiedad de la mercancía transportada recae sobre el tenedor del documento, el cual será el que pueda retirar la mercancía en el puerto de destino.
  • Es negociable y admitido en entidades bancarias como titulo de crédito

LOS RESPONSABLES.

Figuras dentro del conocimiento de embarque o Bill of Lading

  • Shipper: cargador
  • Transportista: Naviera o Armador
  • Exportador
  • Consignee: Destinatario de la mercancía
  • Notify: Persona a la que se notificara de la llegada de las mercancías a destino

Emitir una Bill of Lading va a cargo de las empresas de transporte. Como son las navieras, armadores o consignatarios de buques. O de parte del capitán del buque. Emitidas de 3 a 5 copias originales del Bill of Lading y se puede realizar a la orden del cargador.

OPCIONES DISPONIBLES

Cuando se reciben las mercancías para ser embarcadas en el acuse de recibo se deberá indicar el estado de estas utilizando las siguientes opciones:

  • “Clean On Board”: El Capitán del buque afirma que las mercancías han sido recibidas a bordo en “Perfecto Estado y Condiciones Aparentes”.
  • “Dirty”: El Capitán del buque define reservas respecto al estado y condición de las mercancías. Presenta dificultades por el crédito documentario. “Cartas de Garantía”: el cargador traspasa al armador cualquier reclamación que le puedan hacer por la extensión de conocimientos limpios cuando éste sean un “poco sucios”. Pueden ocasionar fraudes.
  • Directo o “Thorugh”: Cuando no hay escalas entre Puerto de carga y Puerto de descarga.
  • Mixto o “Combined”: Cuando entre Puerto de carga y Puerto de descarga se deben hacer transbordos. Un solo documento y se traspasa de una compañía a otra hasta que la mercancía llega a destino.
  • Embarcado a Bordo o “shipped On Board”: Es el conocimiento de embarque expedido después del embarque de la mercancía a bordo del buque. Se el conocimiento real, asume que la mercancía ha sido embarcada y que ha salido del puerto de origen.

 

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